lunes, 15 de diciembre de 2014

SENIAT ESTABLECE VALOR FACIAL PARA AUTORIZACIÓN Y EMISIÓN DE FORMULARIOS

En la Gaceta Oficial N° 40.561, de este viernes 14 de diciembre de 2014, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), emitió una providencia mediante la cual establece el valor facial de los formularios autorizados y emitidos por el organismo.
La Procidencia Administrativa N°  SNAT/2014/0053 indica que los formularios autorizados y emitidos por el Seniat, conforme a las normas legales vigentes tendrán el siguiente valor facial
FORMULARIO
VALORES FACIALES
Forma 16-Información y pago de las Tasas Establecidas en la Ley de Timbres Fiscales.
Bs. 11,00
Forma RAR 23-Ajuste Inicial por Inflación solicitud de inscripción en el Registro de  Activos Revaluados, declaración especial y pago
Bs. 12,50


Asimismo se indica que los formularios deberán cumplir con las normas de calidad que determine el Seniat. También se expresa que los formularios solo podrán ser entregados en la Divisiones de Recaudación y Áreas de Recaudación de los Sectores y Unidades de la Gerencia Regional de Tributos Internos, previo el pago del valor facial establecido en la respectiva Providencia Administrativa.

FUENTE: SENIAT 

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