miércoles, 3 de diciembre de 2014

CENCOEX CONVOCA A VERIFICAR USO CORRECTO DE DIVISAS DESTINADAS A PAGO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS


El Cencoex publicó este miércoles una nueva lista de usuarios  que deberán  acudir a la sede del organismos a consignar las fotocopias acompañadas de los respectivos originales para el cotejo de los documentos relacionados con las solicitudes de Autorización de Adquisición de Divisas Destinadas al pago de gastos por concepto de manutención, matrícula y seguro médico estudiantil correspondiente a actividades académicas presenciales fuera del país.

El Centro Nacional de Comercio Exterior informa a través de un anuncio que publicó en prensa nacional, que los usuarios que deberán acudir a verificar el uso de sus divisas son aquellos que realizaron la solicitud durante el periodo comprendido desde el 01 de enero de 2012 hasta el 31 de marzo de 2014, razón por la cual deberán comparecer ante la institución, el usuario, el representante legal o apoderado, en los días 15, 16, 17, 18 y 19 de diciembre del presente año, sin prorroga, a fin de consignar los documentos originales y copias 

fotostáticas de los siguientes recaudos:

1.-Cédula de identidad.
2.-Título (s) y/o Certificado (s) Académico (s) certificado (s) por la (s) institución (es) respectiva (s) en el exterior.
3.-Aquellos usuarios que no culminaron la actividad educativa deberán consignar el soporte del reintegro respectivo.
4.-Carta explicativa que justifique el motivo por el cual no concluyó los estudios correspondientes o cualquier otro documento que demuestre el correcto uso , si corresponde.
5.-Todos los documentos deberán contener apellidos y nombres, número de cédula de identidad y números de la solicitudes asociadas.

Por otra parte el Cencoex indica que transcurrido el lapso establecido, sin haber dado cumplimiento a lo solicitado en la presente notificación, el Centro Nacional de Comercio exterior  procederá a remitir el expediente al Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública quien, como autoridad administrativa sancionatoria en materia cambiaría.



FUENTE: CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

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