miércoles, 20 de agosto de 2014

CAMBIO DE FORMATO DE LA MACRO PARA DECLARACIÓN DE RETENCIONES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Mediante un aviso oficial publicado en el portal web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) se informó a los contribuyentes que a partir del 1ero de septiembre 2014, deberá hacerse uso del nuevo formato de la macro para la elaboración del archivo XML (el cual ya se encuentra disponible en el portal), y posterior transmisión de la declaración de retenciones en materia de Impuesto sobre la Renta (ISLR), Retención de Salarios y Otras Retenciones (Forma 99074), en virtud de lo establecido en la Providencia Administrativa N° 0095 del 22/09/2009, publicada en Gaceta Oficial 39.269 de la misma fecha; a tal efecto, se deben considerar los siguientes puntos:

* Se permitirá incluir dos (2) unidades tributarias, únicamente, en el periodo en el cual se modifica su valor.
* Se agregó una columna denominada “Fecha de Operación”, en la que se registra la fecha del pago o abono en cuenta.
* La fecha de operación debe corresponder al periodo que se declara.
* La nueva macro no muestra el valor de la Unidad Tributaria, la validación de este valor se hará por la fecha registrada.
* La nueva macro no muestra el total general, el monto a pagar será mostrado antes de transmitir al archivo XML.
* A partir del 01/09/2014, no se podrá utilizar la macro anterior.
* Si el sujeto pasivo requiere presentar una declaración complementaria, de algún periodo anterior a septiembre, deberá utilizar la nueva macro.


jueves, 7 de agosto de 2014

Certificado de Solvencia Electrónica del INCES

En Gaceta Oficial N° 40.466 del 01/08/2014, el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, mediante la Providencia Administrativa N° P-2014-07-154 del 30/07/2014, acordó la implementación de un Certificado de Solvencia Electrónica Provisional, la cual contará, con un período perentorio de aplicación de seis (6) meses, surtiendo los efectos legales para cualquier trámite administrativo ante los órganos y entes del Estado, contados y válidos a partir de la publicación en gaceta oficial del presente instrumento, que permitirá disminuir los tiempos de entrega, lo que conlleva a mayor celeridad, eficacia y eficiencia, garantizando en forma inmediata un mejor servicio a los aportes del tributo INCES.

A continuación las disposiciones más relevantes:

Se establece un glosario de términos, a los fines del mejor entendimiento de los aspectos abordados, siendo los mismos como se mencionan a continuación:

Autenticidad: calidad y carácter de verdadero o autorizado.

No repudio: el concepto de “no repudio” supone una medida de seguridad en las comunicaciones a través de la red, proporcionando plena eficacia jurídica a una transacción electrónica. Jurídicamente, aporta valor probatorio a un tercero respecto a la realización y envío de una comunicación específica dirigida a una determinada persona.

Integridad: garantía y verificación de que un documento no ha sido manipulado (sea por incidente o por accidente).

Inalterabilidad: que no puede ser alterado, inmutable.

Código QR (código de respuesta rápida): método para almacenar información en una matriz de puntos o un código de barras bidimensional.

Firma electrónica: es una firma digital que se almacena en un soporte de hardware, la cual goza del mismo valor legal que la firma manuscrita.

Las características de la mencionada Solvencia serán las siguientes:

El Certificado de Solvencia Electrónica, permitirá a los aportantes consultar totalmente en línea y descargar su certificación firmada electrónicamente; autorizado por las autoridades del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).

Dicho certificado mantendrá su vigencia trimestral y su emisión se efectuará previa revisión fiscal del cumplimiento de los deberes, obligaciones tributarias y derechos pendientes, en sede administrativa, hasta tanto sean implementados los mecanismos de control por declaración en línea e interoperabilidad entre las instituciones públicas.

Se establecen como condiciones de seguridad:
Cada solvencia tendrá un código de seguridad único que garantizará la integridad y habilidad del documento. El código podrá ser validado mediante un servicio web en línea que estará disponible de forma pública en el portal www.inces.gob.ve.

La Solvencia Provisional tendrá además un código QR que tiene por objeto la lectura de su contenido de manera inmediata y que permite verificar el estatus tributario actual del aportante con el INCES, la fecha en que éste solicitó la solvencia y fecha de vencimiento de la misma.

La presente Providencia Administrativa entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.


Fuente: Gaceta Oficial - Asamblea Nacional