lunes, 1 de diciembre de 2014

OFICIALIZAN EN GACETA LAS REFORMAS DEL IVA, ISLR Y EL CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO


En la Gaceta Extraordinaria N° 6.152 publicada este viernes se oficializó las leyes del Código Orgánico Tributario, de las inversiones extranjeras, del Turismo, las reformas de las leyes de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) anunciadas por el presidente Nicolás Maduro por medio de Ley Habilitante. 

Dicho documento establece que se mantendrá la tasa de 12% para el Impuesto al Valor Agregado, sin embargo agrega que esta tasa aumentará 27% para los artículos de lujo. 

"La alícuota impositiva adicional para bienes y servicios de consumo suntuario es de 15% hasta tanto el Ejecutivo establezca una alícuota distinta", reza el documento. 

Además, esta publicación determina cuáles son los artículos considerados lujosos. Este es el listado: 

- Carros cuyo valor en aduanas sea mayor o igual a 40.000 dólares o cuyo precio de fábrica sea igual o mayor a 6.000 Unidades Tributarias.

- Motos cuyo valor en aduanas sea mayor o igual a 20.000 dólares o cuyo precio de fábrica sea igual o mayor a 2.500 Unidades Tributarias.

- Aviones civiles y accesorios destinados a recreación, publicidad o deporte, así como las destinadas al uso particular de sus propietarios.

- Máquinas de juegos de envite y azar activadas con monedas o fichas.

- Buques destinados a actividades recreativas o de deporte, así como las destinadas al uso particular de sus propietarios.

- Joyas y relojes cuyo precio sea igual o mayor a 2.500 U.T

- Armas, accesorios y proyectiles.

- Accesorios a los vehículos que no estén incorporados a los mismos en el proceso de ensamblaje cuyo precio sea igual o mayor a 700 UT

- Obras de arte y antiguedades cuyo valor sea igual o superior a 6.000 UT

- Prendas y accesorios de vestir, elaborados con cueros y pieles naturales cuyo precio sea igual o mayor a 1.500 UT

- Animales con fines recreativos

- Caviar






FUENTE: ASAMBLEA NACIONAL 


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