lunes, 1 de diciembre de 2014

DECRETAN REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE TIMBRES FISCALES

En la Gaceta Extraordinaria N° 6.150, de fecha martes 18 de noviembre de 2014, se publica el Decreto presidencial N° 1.398, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que Reforma parcialmente la Ley de Timbres Fiscales.
El Decreto reforma un total de 7 artículos de la ley vigente (artículo 6, 7, 11, 14, 15, 16 y 26). De esta manera, se incrementarán los costos para la emisión y renovación de trámites como el pasaporte, la licencia de conducir, el registro de patentes de invención, el otorgamiento de nombres y denominaciones a empresas a través del Registro Mercantil y el registro de sociedades extranjeras o establecimiento de agencias y sucursales, entre otros.
En el caso de la expedición o renovación del pasaporte, los ciudadanos venezolanos pasarán a cancelar 12 Unidades Tributarias (UT), en lugar de 7, por el costo del trámite que se situará en 1.524 bolívares. Además, la reforma suprime las exenciones de pago de estas tasas concedidas a los niños y adolescentes, las mujeres mayores de 55 años y a los hombres mayores de 60 años.
Con respecto a las modificaciones hechas a los artículos 14, 15 y 16, se fijan nuevas tasas correspondientes a los distintos servicios de transporte de personas,  otorgamiento de licencias de conducir y registro de vehículos de cualquier tipo (particulares, motocicletas, de carga, remolques, entro otros).
En este sentido, para obtener la licencia de conducir de primer y segundo grado se deberá cancelar 6 UT, es decir un total de 762 bolívares, mientras que la licencia de tercer grado tendrá un valor de 1.524 bolívares (12 UT), la de cuarto grado pasará a costar 2.032 (16 UT) y la de quinto grado 2.794 bolívares (22 UT).
De acuerdo con los publicado en el texto legal, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) presta una serie de servicios que no tienen establecidos una tasa de contraprestación, por lo que “no están generando ingresos para cubrir los costos que se generan (…) tomando en cuenta que los recursos y materiales  y equipos que se utilizan son en su mayoría de fabricación extranjera”. 
Por su parte, el otorgamiento de nombres y denominaciones de empresas y firmas comerciales ante el Registro Mercantil tendrá un valor de 2 UT.




FUENTE: ASAMBLEA NACIONAL 

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