jueves, 29 de agosto de 2013

Eliminan topes de consumo eléctrico en los hogares

El ministerio de Energía Eléctrica eliminó las multas e incentivos para los consumidores residenciales de electricidad.
Así quedó establecido en la resolución 033 de ese despacho publicada en la Gaceta Oficial 40.236 que circuló el pasado martes. Esta resolución deroga la 080, de fecha 9 de septiembre de 2011, en la que se habían establecido los topes de consumo eléctrico para los hogares dependiendo de la región del país en que se encuentren.
En el “considerando” que motivó tal decisión se señala que “las medidas extraordinarias adoptadas en 2011 para mitigar el acelerado crecimiento del consumo energético nacional, deben ser actualizadas para incentivar el uso racional y eficiente de la energía eléctrica en los usuarios residenciales”.
Fuentes ligadas al despacho de energía eléctrica explicaron que la eliminación de los topes de consumo, y en consecuencia, de las multas o incentivos que se establecieron en el pasado está asociada a un trabajo que “se está realizando” y que tendrá nuevos anuncios próximamente en materia de consumo.
Víctor Poleo, especialista en materia eléctrica, también considera que la decisión de despenalizar el consumo residencial está relacionada con lo que será el tarifario eléctrico que presentarán las autoridades en enero del próximo año.
“Puede ser una suerte de ensayo: tranquilizar al sector residencial y castigar al sector manufacturero, pero en enero entrarán con un nuevo esquema de tarifas”.
Según Poleo, la demanda está rondando los 18 mil Megavatios y el servicio está lejos de funcionar con toda su capacidad instalada, estimada en unos 26 mil Megavatios. “¿Por qué con una inversión tan considerable el mercado eléctrico no está satisfecho? ¿Dónde están los Megavatios nuevos?”, se interrogó Poleo.
Otra de las resoluciones divulgadas por el ministerio de Energía Eléctrica eliminó el “recargo tarifario” en el caso de las “personas jurídicas del sector privado”, pero las obliga a mantener aún un ahorro energético.
Según el artículo 1 de la resolución 035 las empresas privadas “que superen una demanda contratada de un Megavoltioamperio (Mva) deberán realizar acciones para mantener una reducción de al menos un 10% de su consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009″.
El artículo 2 de la resolución también obliga a una reducción de 10% en el caso de las empresas “con cargas entre doscientos Kilovatioamperios y un Megavoltioamperio”.
El artículo 8 señala que el incumplimiento de estas normas puede acarrear la suspensión del servicio eléctrico.
Fuente: El Universal

Personas jurídicas del sector privado que superen demanda eléctrica asignada deben reducir su consumo mensual

En Gaceta Oficial N° 40.236 fue publicada la Resolución N° 035 mediante la cual, el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, estableció el deber por parte de las personas jurídicas del sector privado que superen la demanda eléctrica establecida a reducir su consumo mensual. A continuación los detalles establecidos en la Resolución:
Artículo 1: Las personas jurídicas del sector privado, que superen una demanda asignada contratada de un megavoltioamperio (1 MVA), deberán realizar acciones para mantener una reducción de al menos un diez por ciento (10%) de su consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.
Artículo 2: Las personas jurídicas del sector privado, con cargas entre doscientos kilovoltioamperio (200 KVA) y un megavoltioamperio (1 MVA), deberán acometer acciones para mantener una reducción de al menos un diez por ciento (10%) de su consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.
Artículo 3: Quedan exceptuados del cumplimiento de las metas establecidas en el artículo 1 de esta Resolución, los siguientes sectores:
·         Servicios de atención médica, sanidad e higiene.
·         Producción y distribución de agua potable.
·         Producción y distribución de hidrocarburos y sus derivados, gas y otros combustibles.
·         Seguridad ciudadana, cuerpos policiales y de protección civil.
·         Recolección y tratamiento de desechos sólidos.
·         Transporte público terrestre, aéreo y marítimo, así como el control del tráfico aéreo.
·         Servicios de telecomunicaciones.
·         Servicios informativos, de prensa, radio y televisión.
·         Educación: colegios y universidades.
·         Sistemas de control del tránsito terrestre: semáforos.
·         Seguridad alimentaria.
·         Embajadas y sedes diplomáticas.
·         Todos aquellos casos adicionales que el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica considere necesario incluir.
Los usuarios correspondientes a estos sectores deberán entregar un Plan de Uso Eficiente de la Energía Eléctrica en el que establezcan claramente sus metas de reducción de consumo, debidamente consensuado con el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, Dirección General de Gestión del Uso de la Energía.
Artículo 4: Los usuarios del sector industrial, podrán solicitar previa entrega de sus Planes de Uso Eficiente de la Energía Eléctrica, el establecimiento de sus metas en función de los índices de eficiencia energética en sus instalaciones, que reflejen el consumo en relación a sus niveles de producción, el cual deberán presentar en un período no mayor de treinta (30) días a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución.
Artículo 5: Los consumos de electricidad a los que se refiere esta Resolución corresponden a un período de facturación de treinta (30) días calendario. En los casos en que los períodos reales de facturación sean distintos de éste, debe calcularse linealmente el consumo equivalente para treinta (30) días, con el objeto de establecer una misma base de comparación.
Artículo 6: Las instalaciones de autogeneración de las instituciones del sector privado deberán ponerse en funcionamiento en los horarios de mayor demanda del sistema eléctrico nacional, que se comprende entre 11:00 y 16:00 y entre 18:00 y 22:00 horas.
Artículo 8: El incumplimiento consecutivo y reiterado de las obligaciones impuestas por la presente Resolución acarreará la suspensión del suministro de energía eléctrica, hasta tanto el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica dictamine las medidas y acciones que deberá ejecutar el usuario para orientar su conducta en cuanto a patrones de uso racional y eficiente de la energía eléctrica.
Fuente: Gaceta Oficial - Asamblea Nacional

Cavefar: Guía Única para Movilización de Medicamentos ya funciona con normalidad

El gremio farmacéutico nacional está atravesando por diferentes problemas de abastecimiento como consecuencia de los retrasos para la obtención de divisas. Ante esta situación, el Estado dictó una serie de medidas de control para la distribución de medicinas, como es el caso de la implementación de la Guía Única de Movilización de Medicamentos, que de acuerdo con la directora ejecutiva de Cavefar, Sandra Gámez, funciona con normalidad.
Gámez informó que la Guía Única de Movilización de Medicamentos es un mecanismo que ya está siendo utilizado por la industria farmacéutica y que la prórroga publicada en  la Gaceta N° 40.235, por 45 días hábiles, se refiere a la autorización que tendrán las autoridades para verificar la tenencia de la guía en el traslado de las medicinas.
Asimismo, Gámez aseguró que las instituciones que integran el gremio, conformado por 6.630 farmacias, siete distribuidoras de medicamentos y 140 laboratorios, ya están inscritas en el Registro del Sistema Integral de Control de Medicamentos porque de lo contrario no podrían operar en el territorio nacional.
La representante de la Cámara Venezolana de Farmacia afirmó que con esta medida el Estado busca obtener todo el conocimiento sobre la movilización y distribución de las medicinas para su posterior comercialización en el país. Aseguró que el desarrollo del Sistema Integral de Control de Medicamentos es una iniciativa del Gobierno, creada desde 2012, y dirigida por el presidente de Farmapatria, Freddy Arenas, que fue discutida y puesta en práctica junto a los diferentes miembros de la industria.

Fuente: Camara Venezolana de Farmacia - CAVEFAR

martes, 27 de agosto de 2013

Prorrogan de nuevo entrada en vigencia de guía de movilización de medicinas

En la Gaceta Oficial N 40.235, el Ministerio para la Alimentación publicó una resolución que extiende por 45 días más el plazo en el que las autoridades militares se deben abstener de exigir la guía de movilización de medicamentos para el transporte de los mismos por el territorio nacional.
Ese documento forma parte del Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM), y es obligatorio para que las empresas puedan movilizar sus productos. La exigencia del documento entró en vigencia en julio de 2012. No obstante, las autoridades han prorrogado en varias oportunidades el lapso para exigir dicha guía.
Fuente: El Universal

Regulación de precios de repuestos de vehículos será progresiva

A poco de una semana de haber sido sancionada la Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Automotores Terrestres, Nuevos y Usados Nacionales o Importados, sus redactores no temen una disminución de la oferta en el mercado.
El diputado Elio Serrano, quien estuvo al frente de la normativa, indicó en una entrevista al diario Panorama que desde hace dos años no hay vehículos en los concesionarios y a pesar de esa situación ninguno ha cerrado. “Creemos que con la ley, que indica que las ensambladoras deben publicar qué vehículos son otorgados mensualmente a los concesionarios, la gente sabrá qué cantidad está llegando”, dijo.
Pese a ello, la industria ha advertido que la ley “no incentiva para nada la producción de nuevos modelos, ni nuevas inversiones”.
Serrano detalló que el Ejecutivo tiene 180 días para regular los precios de los repuestos. En vista de que son muchos, estimó que se hará de forma progresiva. “No será fácil su regulación, primero serán los que tengan mayor demanda, como los cauchos, frenos, lubricantes, entre otros”, expresó.
El parlamentario hizo votos porque se genere este sistema que permita al Gobierno la revisión de las facturaciones, debido a las irregularidades en esta materia. Argumentó que en Venezuela hay vehículos que llegan a costar 100 mil dólares y en el mercado internacional no pasa de 40 mil dólares.
Recordó que los portales web de venta de carros no pueden publicar ofertas con precios superiores a los fijados por la ley, sino corren el riesgo de ser sancionados.

Fuente: El Universal

El Troudi: Solo el transporte de carga pesada pagará las tarifas de peaj

El ministro para el Transporte Terrestre, Haiman El Troudi, aclaró que únicamente el transporte de carga pesada será el que pagará las tarifas de las estaciones de peaje en las principales autopistas del país.
El ministro destacó que prevén mejorar las condiciones de infraestructura en los peajes para aplicar así mecanismos de control de peso, carga, altura de los camiones de carga y preservar las condiciones de las principales autopistas del país.
El Troudi adelantó que el Ministerio trabaja en un plan integral para el abordaje de los peajes, en el cual se considera la construcción de sanitarios y de zonas de atención a los usuarios, servicios de grúas y ambulancia, entre otros elementos.
“Es apenas un plan, una iniciativa que pretende mejorar las condiciones prexistentes en estos sistemas. Hacer uso y aprovechamiento óptimo de esos espacios, sobre todo para el control de peso y altura de los transportes de carga pesada”, insistió.
Por ejemplo, refirió el ministro, podrían ser instalados de forma permanente puntos de alcoholímetros y de supervisión para el respeto y aplicación de las normas de tránsito.

Fuente: Ministerio para el Transporte Terrestre

Designan a Miguel Tadeo Rodríguez como nuevo ministro del Ambiente

 El presidente, Nicolás Maduro, designó este lunes al ingeniero Miguel Tadeo Rodríguez como ministro para el Ambiente, informó la ministra para la Comunicación y la Información, Delcy Rodríguez, a través de su cuenta en Twitter @DrodriguezMinci.
Miguel Rodríguez fue viceministro de Conservación Ambiental en el año 2006 y profesor del Departamento de Ciencias Aplicadas y Humanísticas de la Escuela Básica de Ingeniería de la Universidad de Los Andes (ULA).
También, fue presidente de Pdvsa Gas Comunal, empresa adscrita a Petróleos de Venezuela.
La ministra también anunció las designaciones de Francisco Guerra, nuevo viceministro de Ordenación y Administración Ambiental; Jesús Castillo, viceministro de Conservación Ambiental, y Manuel Regino Deza Gavidia, Viceministro de Agua.

Fuente: AVN

Anuncian creación de Superintendencia para la Protección Social

El presidente Nicolás Maduro anunció hoy la creación de la Superintendencia Nacional para la Protección Social.
Maduro explicó que dicha instancia supervisará y coordinará programas sociales, así como misiones y grandes misiones. Durante su programa Diálogo Bolivariano, que realiza desde la parroquia 23 de Enero en Caracas, informó que el Ministerio de las Comunas pasará a ser un ente exclusivo dedicados a las comunas y los movimientos sociales del país.
Agregó que la comuna tiene que ser la nueva potencia económica en el país. “La comuna tiene que ser la nueva potencia económica abajo en la base del pueblo, potenciando la capacidad de trabajo solidario, la productividad, la cultura y el valor del trabajo, trabajo y más trabajo en función de la comunidad, de la sociedad”.

Fuente: AVN

miércoles, 14 de agosto de 2013

El Troudi: Plan Movilidad Caracas contemplará 17 soluciones viales

 El Gobierno anunció este lunes la entrada en vigencia del Plan de Movilidad para Caracas, que consta de 11 líneas de transporte, que conformarán 17 soluciones viales, así como el reordenamiento de las más de 800 rutas de transporte público que actualmente existen en la ciudad.
El programa fue dado a conocer por el ministro para Transporte Terrestre, Haiman El Troudi, quien señaló que el Ejecutivo también autorizó un plan de financiamiento a transportistas para la renovación de la flota por rutas y la creación de cinco nuevas proveedurías de repuestos e insumos en cinco entidades.
Algunas de la soluciones viales son: nuevos elevados en Los Dos Caminos; en la avenida San Martín, a la altura de la Plaza Italia; y en La Yaguara, a nivel de la estación del Metro. También una rampa de acceso a la parroquia El Valle, entrando por el sector Longaray; la prolongación de la avenida Río de Janeiro, para empalmar con Petare Sur, y un puente sobre el río Guaire, desde el Paseo Colón hasta la autopista Francisco Fajardo.
Además, se construirá un par vial (vía de dos canales) entre Las Adjuntas y Ruiz Pineda, para descongestionar el sector de Las Adjuntas y Macarao. “Son soluciones más pequeñas que contribuirán a mejorar el tránsito en Caracas”, expresó El Troudi.
Transporte
El Troudi recordó que está en ejecución el plan de expansión de los metros de Caracas y Los Teques, aprobado en 2011. Incluye la construcción de la Línea 5 del Metro de Caracas y la 2 de Los Teques, la próxima inauguración del Cabletrén Bolivariano de Petare y en diciembre de la estación Independencia de Los Teques, y la edificación del Metrocable de La Dolorita y el proyecto para los de Petare Sur y Antímano.
“Todos esos proyectos están en construcción y tienen financiamiento asegurado”, garantizó.
Adicionalmente, ahora se plantea una atención especial al transporte público superficial. “Tenemos que crear rutas troncales y alimentadoras reordenando las más de 800 rutas que existen. Es inviable una ciudad que tenga tantas rutas compitiendo en las mismas vías”, señaló el ministro.
Informó que ya existe una propuesta de diseño de esas rutas, que pasará por un proceso de diálogo, concertación y discusión con los transportistas “para tener un sistema organizado de transporte público con rutas troncales y alimentadoras, como ocurre en las principales ciudades del mundo”.
El ministro destacó que el Metro de Caracas es, en efecto, la gran solución para Caracas, “pero es apenas una y Caracas necesita más soluciones. El Metro solo no puede, por eso este plan de movilidad, para presentar una suma de soluciones para Caracas”.

Gobierno crea tarjeta especial para bancarizar a los jóvenes

Este lunes se lanzará la tarjeta Somos, un instrumento financiero que pretende bancarizar al sector más joven de la población, anunció el ministro para la Juventud, Héctor Rodríguez.
La información la dio a conocer a través de su cuenta Twitter @HectoRodriguez donde escribió: “Hoy iniciaremos el plan de la tarjeta Somos, entregaremos becas estudiantiles e iniciaremos el programa de educación financiera”.
Esta tarjeta forma parte de las acciones que se están tomando luego del lanzamiento de la nueva Misión Jóvenes de la Patria.
Fuente: Ministerio del Poder Popular de la Juventud

Gobierno excluirá y multará a los viajeros falsos que participen en el Sicad

El Gobierno, junto al despacho del Ministerio de Finanzas, continúa afinando la reglamentación del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad) para controlar el desvió de fondos. Aquellos viajeros falsos que recibieron divisas para consumos en el exterior serán sancionados y excluidos del sistema.
Ante el surgimiento de varias irregularidades el  Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela (BCV) tomaron la decisión de multar y sacar del Registro de Usuarios del Sicad (Rusicad) a aquellas personas que acudieron al esquema para solicitar divisas para gastos de viajes y no salieron del país, reseñó el portal Web de El Mundo Economía y Negocios.
Sin embargo, la normativa del Sicad aún no especifica las acciones para este tipo de supuestos, aunque Cadivi establece que aquellos usuarios que hagan uso indebido de las divisas serán suspendidos durante un año. Se prevé que el BCV también exija la devolución de las divisas compradas ante el Sicad, si se comprueba que las personas no realizaron el viaje.

Fuente: Banco Central de Venezuela (BCV)

Maduro anuncia a José Khan como nuevo presidente de Cadivi

El presidente de la República, Nicolás Maduro, a través de su cuenta en Twitter, designó a José Khan como el nuevo Presidente de Cadivi.
“He designado a José Khan como Presidente de Cadivi para seguir transformando el sistema cambiario Venezolano”, anunció.
Khan sustituirá a Eudomar Rafael Tovar quien fue nombrado hoy en la Asamblea Nacional como presidente del Banco Central de Venezuela (BCV). 

Fuente: Presidencia de la Republica

Eudomar Tovar nuevo presidente del BCV

Este martes, la Asamblea Nacional (AN) aprobó el nombramiento de Eudomar Rafael Tovar como presidente del Banco Central de Venezuela (BCV).
Tovar estaba a cargo de la Comisión para la Administración de Divisas (Cadivi)

Fuente: Asamblea Nacional

lunes, 12 de agosto de 2013

Declaración electrónica del Impuesto sobre Sucesiones

En Gaceta Oficial N° 40.216, el SENIAT publicó la Providencia Administrativa Nº 050 del 29/07/2013, mediante la cual se establece el deber de presentación electrónica de las declaraciones del Impuesto sobre Sucesiones, además de lo siguiente:
 
Artículo 1
Los beneficiarios de herencias y legados, deberán presentar electrónicamente su declaración del Impuesto sobre Sucesiones, así como las declaraciones que las sustituyan, siguiendo las especificaciones técnicas establecidas en el Portal Fiscal.
 
Artículo 2
Las declaraciones relativas al Impuesto sobre Sucesiones de los sujetos a los que hace referencia el artículo anterior, deberán ser presentadas en las fechas establecidas en la normativa legal vigente.
 
Artículo 3
Efectuada la declaración electrónicamente, en los casos en que la misma arroje impuesto a pagar, el contribuyente podrá optar entre efectuarlo electrónicamente o imprimir la planilla generada por el sistema, la cual será utiliza a los efectos del pago de las cantidades autodeterminadas, en las oficinas receptoras de fondos nacionales. El pago se realizará bajo las condiciones establecidas en la norma vigente.
 
Se entiende por portal fiscal la página web: http://www.seniat.gob.ve
 
Disposiciones Transitorias
 
Artículo 6
Las declaraciones sustitutivas correspondientes a declaraciones sucesorales efectuadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Providencia Administrativa, deberán ser presentadas en forma manual, a través del formulario para Autoliquidación de Impuesto sobre Sucesiones Forma “32”. Igualmente el pago correspondiente a las declaraciones sustitutivas indicadas en este artículo deberá efectuarlo con la Planilla de Pago de Impuesto sobre Sucesiones Forma “PS-32”.
 
Artículo 7
Las declaraciones correspondientes al Impuesto sobre Donaciones continuarán siendo presentadas en forma manual, a través del formulario de Autoliquidación de Impuesto sobre Sucesiones Forma “32” y el pago que genere deberá efectuarse con la Planilla de Pago de Impuesto sobre Sucesiones Forma “PS-32”.
 
Artículo 8
Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sucesiones obligados a declarar de forma electrónica, deberán presentar ante la Gerencia Regional de Tributos Internos del domicilio fiscal correspondiente, el formulario emitido por el sistema, el comprobante del pago, en caso de que lo hubiere, y los recaudos que al efecto sean requeridos, para la verificación y emisión del certificado de solvencia o liberación.
 
Esta Providencia entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.
 
Adjunto encontrará el texto completo de la presente Providencia publicado en Gaceta Oficial para su consulta.
 
Para más información sobre la declaración electrónica del Impuesto sobre Sucesiones consulte nuestra noticia: Sistema electrónico para declaración de sucesiones “REDESU”

Fuente: SENIAT

Reglamento especial de zonas de seguridad del sistema y servicio eléctrico nacional

En Gaceta Oficial Nº 40.220, Decreto Nº 277 del 01/08/2013, mediante el cual se estableció el Reglamento especial de zonas de seguridad del sistema y servicio eléctrico nacional, el cual tiene por objeto regular el régimen jurídico aplicable a las personas, bienes y las actividades que se desarrollen en las zonas de seguridad del sistema y servicio eléctrico nacional, sus servicios asociados y áreas adyacentes.
 
Ámbito de aplicación (artículo 2)
Las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, de derecho público o privado que se encuentren en el espacio geográfico de la República Bolivariana de Venezuela, quedan sujetas al cumplimiento de las normas contenidas en el presente Reglamento y tiene como ámbito de aplicación aquellas áreas del territorio nacional en donde se ubiquen las zonas de seguridad del sistema y servicio eléctrico bajo régimen de administración especial, sus áreas adyacentes y sus bienes asociados.
 
Zonas de seguridad (artículo 3)
Se consideran zonas de seguridad todas aquellas áreas bajo régimen de administración especial del espacio geográfico de la República Bolivariana de Venezuela, consideradas servicios esenciales del sistema eléctrico, sus áreas adyacentes y bienes asociados que por su importancia estratégica, características y elementos, estén relacionadas con las actividades de generación, transmisión, distribución, despacho y comercialización.
 
Obligaciones de las personas naturales y jurídicas
 
Artículo 24
Las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, de derecho público o privado que sean propietarias o detentadoras por cualquier título, de bienes inmuebles ubicados en las zonas de seguridad del sistema y servicio eléctrico, notificarán y suministrarán al órgano administrador, los datos de registro y demás información a que hubiere lugar, necesarios para el levantamiento del censo y la obtención de la autorización correspondiente, de acuerdo a lo previsto en las demás normas que desarrollen la materia.
 
Artículo 26
Las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, de derecho público o privado, que sean propietarias o detentadoras por cualquier título de bienes que puedan cambiar de lugar, bien por si mismos o movilizados por una fuerza exterior, que ingresen a las zonas de seguridad del sistema y servicio eléctrico o interfieran en las actividades de generación, transmisión, distribución, comercialización y despacho del sistema y servicio eléctrico, serán responsables y responderán por los mismos, de acuerdo a las sanciones previstas en las normas que regulan la materia.
 
Sanciones
 
Artículo 29
Las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras que se encuentren en las zonas de seguridad del sistema y servicio eléctrico bajo régimen de administración especial, sus áreas adyacentes y bienes asociados, son corresponsables conjuntamente con el Estado, de garantizar la protección de estas zonas ante peligros o amenazas internas o externas, en virtud de lo cual estarán obligadas a dar respuesta a los requerimientos que al respecto le hicieren los organismos del Estado con competencia en la materia. El incumplimiento de esta responsabilidad, acarreará la aplicación de sanciones civiles, penales y administrativas, según sea el caso, de conformidad con lo dispuesto en las normas que regulan la materia.
 
Artículo 31
Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, están obligadas, en atención al principio de corresponsabilidad en materia de seguridad y defensa, a suministrar, cuando le sea requerido por los organismos del Estado con competencia en la materia, datos e informaciones pertinentes al sistema y servicio eléctrico nacional, con el objeto de coadyuvar en la protección de las zonas de seguridad del Sistema y Servicio Eléctrico Nacional, sus áreas adyacentes y bienes asociados, ante los peligros o amenazas internas o externas. La negación a ello, o que las dieren falsas, acarreará la imposición de las sanciones previstas en las normas que regulan la materia.
 
El Reglamento entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.

Fuente: Gaceta Oficial