jueves, 11 de diciembre de 2014

GACETA EXTRAORDINARIA 6.160: PUBLICAN LEY ESPECIAL DE ENDEUDAMIENTO ANUAL 2015

La Asamblea Nacional publicó este jueves en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.160, con fecha del miércoles 10 de diciembre, la Ley Especial de Endeudamiento Anual 2015.

Esta normativa tiene por objeto establecer el límite máximo del monto de endeudamiento en bolívares que la República podrá contraer mediante la celebración de operaciones de crédito público y los criterios especiales para su celebración.

De esta manera se autoriza al Ejecutivo Nacional para que durante el Ejercicio Fiscal 2015, a través del Ministerio con competencia en materia de finanzas, ejecute las operaciones de crédito público destinadas al financiamiento de proyectos hasta por la cantidad de 58.108.714.715 bolívares.

Para que un contrato de financiamiento sea suscrito en ocasión a la contratación descrita en esta Ley, se requerirá que los órganos o entes ejecutores consignen al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de finanzas, a través de la Oficina Nacional de Crédito Público, previo a su suscripción, los respectivos contratos comerciales o civiles.

Estos contratos comerciales o civiles, asociados a contratos de financiamiento en ocasión a la contratación pública no podrán contener cláusulas que obliguen a la República al pago de intereses moratorios, primas de seguro de crédito, comisiones financieras o cualquier otro costo económico que no esté directamente relacionado con la ejecución física del proyecto.

Letras del Tesoro 

se autoriza al Ejecutivo Nacional para que durante el ejercicio fiscal 2015 emita Letras del Tesoro hasta un máximo en circulación al cierre del ejercicio fiscal 2015 de DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 19.650.000.000,00); de acuerdo a las reglas de registro establecidas en la ley.




FUENTE: ASAMBLEA NACIONAL 

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