A partir de este martes 18-03-2014 los bancos universales, los comerciales en proceso de transformación, los microfinancieros, la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria y los operadores de mercado autorizados podrán vender y ofertar divisas, tanto en efectivo como en título de valores en moneda extranjera, mediante el Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II).
El Artículo 8 de la resolución refiere que los bancos universales deberán abrir cuentas en moneda extranjera a los clientes que quieran participar en Sicad II y no tengan una, esto para dar cumplimiento con la normativa en la que se exige una cuenta bancaria de esta naturaleza.
Fuente: Globovisión
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