El Ejecutivo nacional promulgó la Ley Orgánica de Precios Justos para
fijar un tope máximo de 30% a las ganancias de las empresas y los
comercios con la finalidad de frenar el alza de los precios.
El su despliegue comunicacional, el Gobierno hace énfasis en las
penas y castigos que contempla la Ley, para persuadir al comercio y a las
empresas a “entrar por el carril” hacia la “economía socialista”.
Para garantizar su cumplimiento fue reforzado el marco
sancionatorio en esta Ley, en comparación con instrumentos anteriores que
estaban dirigidos hacia los mismos objetivos: el equilibrio económico, la
protección de los precios, la lucha contra la especulación, la usura, el
boicot, el acaparamiento entre otros ilícitos y delitos.
La Ley Orgánica de Precios Justos prevé multas, ocupación y
cierre temporal. En el caso de la primera, los montos de las multas se
multiplicaron hasta por 10 veces lo establecido en la derogada Ley de Defensa a
las Personas en el acceso a los Bienes y Servicios.
Los lapsos de cierre y ocupación temporal se duplicaron de 90 a
180 días.
Además, se incluyeron sanciones como la clausura definitiva de
almacenes, depósitos y establecimientos dedicados al comercio; la revocatoria
de las licencias o autorizaciones para la solicitud de divisas y la suspensión
del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas por
un período de entre tres meses a 10 años, según sea el caso.
Esta última penalización implicará también la suspensión de las
demás licencias, permisos, prohibición de acceso de divisas y autorizaciones
emitidas por otros órganos de la administración pública.
La reincidencia será castigada con multa de 10 mil Unidades
Tributarias (Bs 1,07 millones). En la Ley de Costos y Precios Justos, la
reincidencia era penalizada con el doble de la sanción, según la falta en la
que hubiese incurrido.
Fuente:
El Universal
No hay comentarios:
Publicar un comentario