martes, 28 de octubre de 2014

AUTORIZAN AL MINISTERIO DE ECONOMÍA A MODIFICAR LOS ESTUTOS SOCIALES DEL FONDEN - GACETA 40.527

La Presidencia de la República publicó este martes en la Gaceta Oficial N° 40.527 un decreto mediante el cual se autoriza al Ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública para que proceda a realizar la modificación de los estatutos sociales del Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden).
De acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 1.350, El Fondo de Desarrollo Nacional tendrá por objeto el financiamiento de proyectos de inversión real productiva en todas las áreas, además del mejoramiento del perfil y saldo de la deuda pública externa e interna. Adicionalmente, podrá destinar sus recursos al apoyo de la gestión de gobierno en situaciones especiales que así lo requieran y a la atención de casos de inminente necesidad y conveniencia Nacional o de cualquier otro aspecto que redunde en el desarrollo económico y social del país.
Los recursos asignados a través de este organismo podrán ejecutarse con carácter reembolsable y no reembolsable, a nivel nacional e internacional, en moneda nacional o extranjera; de acuerdo a lo establecido por el Directorio Ejecutivo, todo esto previa aprobación del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
Asimismo, el Fonden podrá dar garantías, emitir títulos y realizar operaciones financieras que representen endeudamiento. Sin perjuicio de que para el cumplimiento de este objeto el Fondo de Desarrollo Nacional FONDEN, S.A, pueda realizar operaciones de inversión en moneda nacional o extranjera, a corto y mediano plazo, dentro y fuera del territorio nacional, contando con la previa autorización del Directorio Ejecutivo.

FUENTE: FONDO DE DESARROLLO NACIONAL

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