lunes, 27 de octubre de 2014

OFICIALIZAN PROHIBICIÓN DE VENDER PRODUCTOS DE LA CESTA BÁSICA EN COMERCIO INFORMAL - GACETA 40.526


En Gaceta Oficial 40.526 de este viernes 25 de octubre de 2014, la Presidencia de la República emitió un decreto  mediante la cual prohíbe la venta de productos de la cesta básica en el comercio informal.
El Decreto N° 1.348 prohíbe la venta o cualquier otro medio de intercambio, a través del comercio informal, ambulante o eventual, de los rubros y productos, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país para el consumo nacional.
Se establece que quien infrinja lo dispuesto en el presente decreto será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Precios Justos. Asimismo se instruye a la Superintendencia Nacional Para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), aplicar los procedimientos sancionatorios a que hubiere lugar y las medidas preventivas habilitadas en el ordenamiento jurídico.

Por otra parte se instruye a las autoridades militares y policiales implementar de inmediato los planes de inspección, verificación y reguardo que estimen necesario en establecimientos comerciales, industriales y de servicios en el territorio nacional, a los fines de evitar o intercambio, a través del comercio informal, de los rubros y productos de la cesta básica.

FUENTE: LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIO-ECONÓMICOS

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