Gaceta
Oficial N° 40.526 publicó este lunes el Decreto Presidencial N° 1.347, mediante
el cual se establece la Ley de Supresión y Liquidación del Instituto Nacional
de la Vivienda (INAVI).
Dicho
proceso de liquidación se llevará a cabo en un lapso de 7 meses y estará a
cargo de una Junta Liquidadora integrada por un presidente y cuatro (04)
miembros principales, incluyendo a un representante de los sindicatos y los
trabajadores; cada miembro con su respectivo suplente.
Quienes integran
la Junta Liquidadora, a excepción del o la representante de los sindicatos,
serán de libre nombramiento y remoción del Ministro o Ministra del Poder
Popular para Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda.
A las
sesiones de la Junta Liquidadora asistirán todos los miembros principales o
suplentes con el fin de llevar un mejor seguimiento y control de los asuntos
tratados. Se considerarán válidamente constituidas las sesiones con la mayoría
simple de los miembros que integran la Junta Liquidadora, previa convocatoria
de todos sus integrantes, siendo obligatoria la presencia del presidente. Para
la validez de las decisiones se requerirá la aprobación de al menos tres (3) de
sus miembros principales o su respectivo suplente.
Fuente: Supresión
y Liquidación del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI)
No hay comentarios:
Publicar un comentario