lunes, 27 de octubre de 2014

DICTAN LEY DE SUPRESIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL INAVI (GACETA 40.526)

Gaceta Oficial N° 40.526 publicó este lunes el Decreto Presidencial N° 1.347, mediante el cual se establece la Ley de Supresión y Liquidación del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI).
Dicho proceso de liquidación se llevará a cabo en un lapso de 7 meses y estará a cargo de una Junta Liquidadora integrada por un presidente y cuatro (04) miembros principales, incluyendo a un representante de los sindicatos y los trabajadores; cada miembro con su respectivo suplente.
Quienes integran la Junta Liquidadora, a excepción del o la representante de los sindicatos, serán de libre nombramiento y remoción del Ministro o Ministra del Poder Popular para Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda.
A las sesiones de la Junta Liquidadora asistirán todos los miembros principales o suplentes con el fin de llevar un mejor seguimiento y control de los asuntos tratados. Se considerarán válidamente constituidas las sesiones con la mayoría simple de los miembros que integran la Junta Liquidadora, previa convocatoria de todos sus integrantes, siendo obligatoria la presencia del presidente. Para la validez de las decisiones se requerirá la aprobación de al menos tres (3) de sus miembros principales o su respectivo suplente.


Fuente: Supresión y Liquidación del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI)

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