viernes, 12 de julio de 2013

CADIVI recuerda a sus usuarios cómo solicitar divisas con ocasión de viaje al exterior

La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) recuerda a los usuarios y usuarias que van a viajar al exterior, hacer su registro en el Sistema, a través del portal www.cadivi.gob.ve, para luego poder realizar la solicitud de divisas correspondiente a su viaje.
Como parte de las recomendaciones para los viajeros, CADIVI les recuerda tomar las previsiones necesarias para realizar sus solicitudes, considerando que la Providencia 099, que norma la solicitud de autorización de adquisición de divisas destinadas al pago de consumos en el extranjero, establece lo siguiente:
Artículo 20. El usuario titular de tarjeta de crédito cuya fecha de emisión sea superior a seis (6) meses, deberá consignar por ante el Operador Cambiario Autorizado, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles bancarios y mínimo de cinco (05) días hábiles bancarios de anticipación a la fecha del viaje, conjuntamente con la planilla obtenida por vía electrónica, los siguientes documentos:
a) Copia del pasaje aéreo, marítimo o terrestre de ida y vuelta al territorio de la República Bolivariana de Venezuela del usuario.
b) Fotocopia de la Cédula de identidad.
c) Fotocopia del pasaporte vigente y de la visa, cuando corresponda.
Asimismo, el usuario debe utilizar las divisas de acuerdo a la información suministrada en la solicitud, en relación a la duración y destino del viaje, recordando que no debe exceder el monto autorizado para evitar sobregiros.
Una vez el usuario regrese al país dispone de 45 días continuos para hacer la Declaración Jurada de Cierre. En caso de que haya transcurrido más tiempo del establecido para realizarla, el sistema no le permitirá generar otra solicitud hasta que el usuario realice su declaración.
Si el usuario recibe las divisas en efectivo y no efectúa el viaje, deberá reintegrarlas al Banco Central de Venezuela a través de su Operador Cambiario Autorizado y realizar la Declaración Jurada indicando esta situación. Dicha declaración la deben efectuar independientemente de que realicen el viaje o no con el fin de cerrar la solicitud de divisas y poder tramitar una nueva posteriormente.
Los usuarios están en la obligación de conservar recibos, facturas y comprobantes de pago correspondientes a los consumos realizados, hasta un año después de haber efectuado la transacción.
Fuente: CADIVI

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