Mediante la
Gaceta Oficial número 6.147 que circula este martes, queda oficializado el aumento del 15% del salario mínimo para trabajadores
de los sectores público y privado.
La medida se ejecutará a partir del 01 de diciembre y quedará en 4.889,11
bolívares mensuales. Es decir, el incremento diario es de Bs. 162,97.
En cuanto a
los adolescentes y aprendices, cobrarán 3.635,95 bolívares.
En este
sentido, en el mismo documento se informa la modificación de los artículos 3,
5 y 7 de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y Trabajadoras. El
artículo 5 explica que el beneficio se ajustará al límite superior de 0,75 U.T.
Agrega
que la provisión mensual de estos suministros no deberá exceder el 40% del
monto que resulte de la suma del salario mensual del trabajador. No obstante,
quedan a salvo las situaciones especiales prevenidas en los acuerdos
colectivos.
El
presidente Nicolás Maduro anunció el incremento
a inicios de noviembre y añadió que también se incrementaría la
base de cálculo del ticket de
alimentación de 0,50% de
la Unidad Tributaria, a 0,75%.
FUENTE: ASAMBLEA NACIONAL
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