El Ministerio para la Vivienda y Hábitat publicó en la Gaceta Oficial Nº 40.115, algunas modificaciones a las condiciones que regirán el otorgamiento de créditos para la adquisición, ampliación o autoconstrucción de viviendas, con los recursos provenientes de la cartera obligatoria de la banca.

Otra de las modificaciones es que en el caso de la autoconstrucción, mejoras o ampliación de vivienda se aumentó de 5 a 6 salarios mínimos el ingreso máximo mensual de los solicitantes que podrán acceder al mismo.
Por otra parte, se mantiene en 30 años el plazo máximo para pagar el crédito. Mientras que las familias que podrán acceder al mismo serán aquellas con ingresos que no superen los 15 salarios mínimos mensuales.
Fuente: Gaceta Oficial (Asamblea Nacional)
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