martes, 22 de octubre de 2013

Gaceta N° 40.275: Aumento del 10% del salario mínimo a partir del 1° de noviembre

La Presidencia de la República Decreto N° 503 fija un aumento del diez por ciento (10%) del salario mínimo mensual obligatorio en todo el Territorio Nacional, para los Trabajadores y las Trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, quedando a partir del 1° de noviembre de 2013 en la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES (Bs. 2.973,00), esto es, NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 99,10) diarios, por jornada diurna.

Por su parte, para los adolescentes y las adolescentes aprendices, de conformidad con lo previsto en la ley, tendrán un salario mínimo mensual de DOS MIL DOSCIENTOS ONCE BOLÍVARES (Bs. 2.211,00), esto es, SETENTA Y TRES BOLÍVARES CON SENTENTA CENTIMOS (Bs. 73,70) diarios, por jornada diurna.


Fuente: Gaceta Oficial - Asamblea Nacional

1 comentario:

  1. Seria bueno mencionar en ese decreto constitucional si la pension del seguro social incluira para los pensionados del pais la cesta ticket, llevando el salario a 4113 Bsf, como lo indico el Presidente Nicolas Maduro en su alocucion cuando indico ese aumento.

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