martes, 4 de noviembre de 2014

SALARIO MÍNIMO AUMENTA EN 15% A PARTIR DEL 1º DE DICIEMBRE

El presidente de la República, Nicolás Maduro, anunció este lunes el aumento del salario mínimo en 15% a partir del 1º de diciembre próximo, como parte de las propuestas recibidas por los trabajadores.
Con este aumento, el salario mínimo pasará de 4251,78 bolívares a 4889,54 bolívares a partir del venidero mes. Además, el cesta ticket pasó de 63,5 bolívares por día (0,5 unidades tributarias) a 95,25 bolívares por día (0,75 unidades tributarias).
El Jefe de Estado indicó el salario mínimo integral, que suma los tickets de alimentación, registró un incremento de 68,28% a lo largo del año.
También anunció que el Banco Bicentenario pasará a ser el Banco Bicentenario de la clase obrera venezolana, una institución bancaria para el desarrollo de los trabajadores venezolanos, así como la creación de la Comisión de Inteligencia Económica, que estará integrada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), la Superintendencia Nacional de Precios Justos y el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex).


FUENTE: CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR


lunes, 3 de noviembre de 2014

DESDE ESTE LUNES UN NUEVO PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA CONSTANCIA DE RESIDENCIA















A partir de hoy el Consejo Nacional Electoral es el encargado, a través de su página web, de tramitar  la Constancia de Residencia, de acuerdo con comunicado oficial publicado en la prensa.
La finalidad, indica el texto, es “simplificar y facilitarle a las ciudadanas y los ciudadanos la obtención de este documento que emiten las oficinas y unidades de Registro Civil de cada municipio”. “Será ahora más fácil y rápido”,  asegura.
Para la solicitud de la Constancia de Residencia es obligatorio presentar ante la Oficina o Unidad de Registro Civil, cédula de identidad (original y fotocopia) del solicitante, tres (3) ejemplares de la solicitud de Constancia de Residencia emitidas por el sistema; y acompañarlas de UNO DE LOS DOCUMENTOS que se señalan a continuación:
  •  Original y fotocopia del Registro de Información Fiscal (RIF), cuando el domicilio fiscal coincida con la residencia declarada.
  • Carta de Residencia suscrita por la Junta de Condominio, Consejo Comunal debidamente registrado o Asociación de Vecinos.
  • Original y fotocopia de recibo de pago correspondiente a un servicio, emitido a nombre del solicitante (tales como electricidad, aseo, agua, gas, telefonía móvil o fija, televisión por suscripción) con tres meses de vigencia a la fecha de la solicitud; donde conste la residencia declarada.
  •  Cualquier otro documento público, autentico o privado que acredite la dirección de residencia declarada por el solicitante.
El procedimiento a partir de ahora es el siguiente:
  1.  Ingresar a la página oficial del CNE  y buscar allí la casilla “constancia de residencia”.
  2.  Una vez allí, descargue la planilla “Constancia de Residencia” en la cual deberá completar la información requerida.
  3.  Imprima tres copias de la planilla y una del comprobante de la solicitud que le será generado, y adjunte una fotocopia de la cédula de identidad y de uno solo de los recaudos que le son explicados en la casilla
  4. Acuda a la oficina o unidad de Registro Civil que le corresponda, según su residencia, y consigne allí la documentación en una carpeta manila tamaño oficio, para la validación y firma por parte del Registrador o Registradora Civil.
La constancia solo podrá ser emitida una vez realizado el trámite automatizado en la página oficial del Consejo Nacional Electoral, advierte el aviso oficial que añade que el procedimiento es completamente gratuito.

La Ley Orgánica del Registro Civil, que entró en vigencia en 2009 y fue publicada en la Gaceta Oficial N 39.264 del 16 de septiembre de ese año, facultó al CNE, a través de una Comisión de Registro Civil y Electoral, para la expedición de partidas de nacimiento y actas de defunción en el país. Ahora se agrega este nuevo trámite.




FUENTE: CONSEJO NACIONAL ELECTORAL 



CONSECOMERCIO EXIGE RESPETO A FISCALIZADORES DURANTE LAS INSPECCIONES

Redacción Finanzas Digital.-El presidente del Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio), Mauricio Tancredi, expresó que el sector exige a los fiscalizadores, respeto para las personas, comercios y propiedad privada durante la fiscalizaciones que llevará a cabo el Gobierno nacional  dentro del Plan Navidades Felices.

En entrevista a Unión Radio, Tancredi señaló que los comerciantes están dispuestos a demostrar sus cifras, sus libros  y documentación porque ese tipo de controles se ha venido haciendo desde hace muchos años.
“Nosotros no tenemos ningún inconveniente con las fiscalizaciones, porque eso se hace desde hace muchos años, pero muchos comerciantes tienen miedo ante esta situación porque apenas ven a ese gentío entrar al comercio, tienden a ponerse nerviosos. Estas acciones deben realizarse en un clima de respeto”, apuntó.
Pide que no se repita lo ocurrido el año pasado, cuando se decretó que los comercios debían vender los productos hasta con 70 por ciento de descuento, al asegurar que través de encuestas se demostró que no todos los comerciantes tienen acceso a divisas. Dice que  menos del 15 por ciento tiene acceso a divisas a través de cualquiera de las tres vías.
“En muchos de los sectores les cayó un sentimiento de déjà vu, de lo que ocurrió el año pasado, cuando los inventarios fueron diezmados, empresas que tenían inventario para tres meses lo tuvieron que vender en tres semanas.  Eso significó el cierre temprano de las empresas”, manifestó.
Piden claridad sobre precio justo
En torno a la aplicación del Precio Justo en los productos, Tancredi manifestó que los comerciantes solicitan al Gobierno nacional de explicaciones sobre el marcaje de los precios, una vez que algunos productos son adquiridos a Sicad 1 y Sicad 2.
“Eso forma parte de la opacidad de la información pues se puede tener un  mismo producto en un mismo anaquel con dos precios”, subrayó.

 FUENTE: CONSECOMERCIO 

BCV CONVOCA SUBASTA N°31 DEL INSTRUMENTO “DIRECTO BCV” POR BS.600 MILLONES


El Banco Central de Venezuela invita a participar a personas naturales y cajas de ahorro del sector público en la subasta N°31 del Instrumento de Inversión “Directo BCV” denominado en moneda nacional, en los términos y condiciones que se especifican a continuación:
Descripción de la subasta:
El monto de la Subasta será de Bs. 600.000.000,00 distribuidos de la siguiente manera:
Personas naturales: Bs. 200.000.000, 00 (100 millones de bolívares para cada plazo)
Cajas de ahorro del sector público: Bs. 400.000.000,00 (200 millones de bolívares para cada plazo)
Los Instrumentos de Inversión “Directo BCV” serán nominativos, con interés fijo anual, colocados a la par, según lo determinado por el Directorio del Banco Central de Venezuela; y no serán negociables, a excepción de que éstos sean vendidos por sus tenedores, antes de su vencimiento, únicamente al Ente Emisor, al 100% de su valor. La fecha de esta convocatoria es el 31 de octubre de 2014
Instrumento de Inversión “Directo BCV”
-Emisor: Banco Central de Venezuela
-Moneda: Bolívares (Bs.)
-Plazo o Tenor: 90 y180 días
-Monto Mínimo de Cotización: Bs. 1.000
-Incrementos:  Bs.500
-Montos Máximos de Cotización: Bs. 80.000 ,00 por subasta por plazo para personas naturales y Bs. 3.000.000,00 para Cajas de ahorro del sector público
-Modalidad de Colocación: Colocación Primaria
-Mecanismo de Colocación: Subasta
-Forma de Colocación: Al Valor Par
-Base de Cálculo: Actual/360
-Comisión, tanta y/o recargo máxima:0,1% del monto total adjudicado
-Tasa de interés: 16,50% (90 días) y 17,00% (180 días) anual
-Amortización: Pago Total al Vencimiento
 Participantes convocados:
Personas Naturales residentes y domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, según corresponda, y Cajas de ahorro, fondos de ahorro y asociaciones de ahorro similares del sector público, a través de los Bancos Universales y Bancos Comerciales en proceso de transformación de acuerdo con lo previsto en las Disposiciones Transitorias del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, así como los Bancos Microfinancieros y Operadores de Valores, inscritos en el Registro General del Banco Central de Venezuela para Operaciones con Tftulos.
Procedimiento para la subasta:
Las Entidades deberán procesar las Órdenes de Compra siguiendo las indicaciones establecidas en el “Instructivo del Usuario Externo del Sistema de Operaciones Especiales en Mercado Abierto (SOEMA)”. Las Entidades podrán iniciar la presentación de las cotizaciones ante el Banco Central de Venezuela a partir de las 11:00 AM. Del día 05 de noviembre de 2014, hasta las 12:00 M del mismo día, pudiendo ser prorrogado por el Banco Central de Venezuela.
Es de la exclusiva responsabilidad de las Entidades que la información y datos de las Órdenes de Compra de sus clientes será transmitida al Banco Central de Venezuela, antes de las 12:00 M del día 05 de noviembre de 2014, de forma tal que el Banco Central de Venezuela pueda procesar dichas órdenes. No se considerarán válidas las Órdenes de Compra transmitidas por las Entidades fuera del horario antes indicado, salvo que ello resulte de una prórroga otorgada por este Instituto.
El anuncio de los resultados será el miércoles 05 de noviembre y la liquidación se realizará el viernes 07 de noviembre antes de las 11.00am.


FUENTE: BANCO CENTRAL DE VENEZUELA 


INSCRIBETE YA EN EL RUPDAE REGISTRO ÚNICO DE PERSONAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES ECONÓMICAS
















¡Si eres persona jurídica o natural te quedan pocos días para inscribirte! 

Sujetos de aplicación (artículo 2)
Quedan sujetos a la aplicación de la presente Ley, las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades económicas en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, incluidas las que se realizan a través de medios electrónicos. Se exceptúan aquellas que por la naturaleza propia de la actividad que ejerzan se rijan por normativa legal especial.

Naturaleza de la Superintendencia (artículo 10)
Se crea la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), como un órgano desconcentrado con capacidad de gestión presupuestaria, administrativa y financiera, adscrita a la Vicepresidencia Económica de Gobierno.


FUENTE: SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIO ECONÓMICOS

SUSPENDEN TEMPORALMENTE VENTA DE BOLETOS A CONVIASA, AEROPOSTAL Y AEROTUY









El INAC suspendió temporalmente la venta de boletos en algunas de las taquillas del aeropuerto a las aerolíneas Conviasa, Aeropostal, Aerotuy y Aserca Airlines que sirven desde la terminal nacional del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía, estado Vargas.
La suspensión se efectuó luego de una jornada de inspecciones.
A través de una nota de prensa, el INAC informó que estas inspecciones se realizaron con el objetivo de mejorar y fortalecer la calidad de atención y de servicio de las líneas aéreas nacionales.
La nota de prensa refiere que los funcionarios constataron algunas irregularidades como demoras que se han presentado en las operaciones aéreas, incumplimiento de los itinerarios de vuelo, entre otras.
El documento señala, además, que la visita se realizó de acuerdo con el Plan de Vigilancia que adelanta el Ministerio para el Transporte Acuático y Aéreo y fue ejecutada por los inspectores adscritos a la Gerencia General de Transporte Aéreo y el personal de abogados de la Consultoría Jurídica de la Autoridad Aeronáutica.
En las jornadas de inspecciones del 29 y 30 de octubre pasado se iniciaron además procedimientos administrativos a otras aerolíneas, para verificar el cumplimiento de condiciones generales de transporte aéreo y de la normativa que la rige.
El INAC informa que continuarán las inspecciones en todos los aeropuertos y aerolíneas que operan en el país, con el objetivo evaluar su buen comportamiento y la prestación de servicios de calidad en beneficio del pueblo venezolano.



FUENTE: INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL 



CENCOEX: LISTA DE 17 EMPRESAS QUE NO ASISTIERON A VERIFICAR USO DE DIVISAS (27-31 OCT 2014)

El Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) publicó en la prensa nacional una lista de personas jurídicas que no asistieron a la convocatoria para la verificación de uso de divisas en la décima tercera semana. A continuación el comunicado:
 El Centro Nacional de Comercio Exterior, informa:
Dentro del marco del Operativo Especial denominado “Convocatoria del Uso Correcto de las Divisas Autorizadas a Mil Cincuenta y Nueve (1.059) Personas Jurídicas”, publicado en prensa de circulación nacional en fecha 20 de julio de 2014. Durante la cuarta semana del operativo fueron convocadas Setenta y Cinco Personas Jurídicas (75), de las cuales Diecisiete (17) no asistieron a la convocatoria, a continuación se detallan:

Persona Jurídica
RIF
COMERCIALIZADORA FUNDOS IMPORT, C.A.
J-400038618
IMPORTADORA SOCIAL ROSEL ISR C.A.
J-400472091
SERVICIOS LEAL, C.A.
J-070480084
SERVICIOS PROFESIONALES INDUSTRIALES BOLIVARIANOS, C.A.
J-294486738
BRICEÑO CEPEDA COMPAÑÍA ANONIMA
J-294625436
SOLUCIONES EN LINEA, C.A.
J-295974124
INVERSIONES M & E , C.A.
J-296401020
COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA APP, C.A.
J-299864129
SUNSET INTERNATIONAL C.A
J-302327490
REPRESENTACIONES Y SERVICIOS MEDINA, C.A. (RESERMECA)
J-302339391
SERVICIOS TECNICOS, C.A.
J-309163566
REPUESTOS ANGEL CARS, C.A.
J-309793373
CHEMICAL SUPPLY SERVICE VENEZUELA, C.A.
J-312309091
VERSAPETROL, S.A.
J-313752339
GRUPO R.D.G. LOGISTIC, C.A.
J-315517680
REFRIGERACION DE VENEZUELA, C.A.
J-316866190
MULTIPESCA MARACAIBO, C.A.
J-317420985

A las Personas Jurídicas enunciadas en el presente Aviso Oficial, les será revocado el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) y no se les permitirá su participación en el Sistema Complementario de Adquisición de Divisas (SICAD II) en atención a la disposición de orden público y preferencia de aplicación establecido en el artículo 2 del Decreto Nº 601 de fecha 29 de noviembre de 2013 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Centro Nacional de Comercio Exterior y de la Corporación Venezolana de Comercio Exterior, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.116 Extraordinario, en fecha 29 de noviembre de 2013.
Asimismo, se procederá a remitir cada uno de estos expedientes al Ministerio Público a fin de iniciar el respectivo procedimiento establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, ante la presunción de la comisión de algún ilícito cambiario, según lo dispone el artículo 25 del Decreto Nº 798 de fecha 19 de febrero de 2014 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.126 Extraordinario, en fecha 19 de febrero de 2014.
De igual manera, se procederá a notificar sobre estos casos a la autoridad administrativa sancionatoria en materia cambiaria con el objeto de determinar las sanciones pecuniarias establecidas por la presunción de las infracciones de carácter administrativo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 29 del Decreto Nº 798 de fecha 19 de febrero de 2014 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.126 Extraordinario, en fecha 19 de febrero de 2014.



FUENTE: CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR