jueves, 29 de agosto de 2013

Personas jurídicas del sector privado que superen demanda eléctrica asignada deben reducir su consumo mensual

En Gaceta Oficial N° 40.236 fue publicada la Resolución N° 035 mediante la cual, el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, estableció el deber por parte de las personas jurídicas del sector privado que superen la demanda eléctrica establecida a reducir su consumo mensual. A continuación los detalles establecidos en la Resolución:
Artículo 1: Las personas jurídicas del sector privado, que superen una demanda asignada contratada de un megavoltioamperio (1 MVA), deberán realizar acciones para mantener una reducción de al menos un diez por ciento (10%) de su consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.
Artículo 2: Las personas jurídicas del sector privado, con cargas entre doscientos kilovoltioamperio (200 KVA) y un megavoltioamperio (1 MVA), deberán acometer acciones para mantener una reducción de al menos un diez por ciento (10%) de su consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.
Artículo 3: Quedan exceptuados del cumplimiento de las metas establecidas en el artículo 1 de esta Resolución, los siguientes sectores:
·         Servicios de atención médica, sanidad e higiene.
·         Producción y distribución de agua potable.
·         Producción y distribución de hidrocarburos y sus derivados, gas y otros combustibles.
·         Seguridad ciudadana, cuerpos policiales y de protección civil.
·         Recolección y tratamiento de desechos sólidos.
·         Transporte público terrestre, aéreo y marítimo, así como el control del tráfico aéreo.
·         Servicios de telecomunicaciones.
·         Servicios informativos, de prensa, radio y televisión.
·         Educación: colegios y universidades.
·         Sistemas de control del tránsito terrestre: semáforos.
·         Seguridad alimentaria.
·         Embajadas y sedes diplomáticas.
·         Todos aquellos casos adicionales que el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica considere necesario incluir.
Los usuarios correspondientes a estos sectores deberán entregar un Plan de Uso Eficiente de la Energía Eléctrica en el que establezcan claramente sus metas de reducción de consumo, debidamente consensuado con el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, Dirección General de Gestión del Uso de la Energía.
Artículo 4: Los usuarios del sector industrial, podrán solicitar previa entrega de sus Planes de Uso Eficiente de la Energía Eléctrica, el establecimiento de sus metas en función de los índices de eficiencia energética en sus instalaciones, que reflejen el consumo en relación a sus niveles de producción, el cual deberán presentar en un período no mayor de treinta (30) días a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución.
Artículo 5: Los consumos de electricidad a los que se refiere esta Resolución corresponden a un período de facturación de treinta (30) días calendario. En los casos en que los períodos reales de facturación sean distintos de éste, debe calcularse linealmente el consumo equivalente para treinta (30) días, con el objeto de establecer una misma base de comparación.
Artículo 6: Las instalaciones de autogeneración de las instituciones del sector privado deberán ponerse en funcionamiento en los horarios de mayor demanda del sistema eléctrico nacional, que se comprende entre 11:00 y 16:00 y entre 18:00 y 22:00 horas.
Artículo 8: El incumplimiento consecutivo y reiterado de las obligaciones impuestas por la presente Resolución acarreará la suspensión del suministro de energía eléctrica, hasta tanto el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica dictamine las medidas y acciones que deberá ejecutar el usuario para orientar su conducta en cuanto a patrones de uso racional y eficiente de la energía eléctrica.
Fuente: Gaceta Oficial - Asamblea Nacional

Cavefar: Guía Única para Movilización de Medicamentos ya funciona con normalidad

El gremio farmacéutico nacional está atravesando por diferentes problemas de abastecimiento como consecuencia de los retrasos para la obtención de divisas. Ante esta situación, el Estado dictó una serie de medidas de control para la distribución de medicinas, como es el caso de la implementación de la Guía Única de Movilización de Medicamentos, que de acuerdo con la directora ejecutiva de Cavefar, Sandra Gámez, funciona con normalidad.
Gámez informó que la Guía Única de Movilización de Medicamentos es un mecanismo que ya está siendo utilizado por la industria farmacéutica y que la prórroga publicada en  la Gaceta N° 40.235, por 45 días hábiles, se refiere a la autorización que tendrán las autoridades para verificar la tenencia de la guía en el traslado de las medicinas.
Asimismo, Gámez aseguró que las instituciones que integran el gremio, conformado por 6.630 farmacias, siete distribuidoras de medicamentos y 140 laboratorios, ya están inscritas en el Registro del Sistema Integral de Control de Medicamentos porque de lo contrario no podrían operar en el territorio nacional.
La representante de la Cámara Venezolana de Farmacia afirmó que con esta medida el Estado busca obtener todo el conocimiento sobre la movilización y distribución de las medicinas para su posterior comercialización en el país. Aseguró que el desarrollo del Sistema Integral de Control de Medicamentos es una iniciativa del Gobierno, creada desde 2012, y dirigida por el presidente de Farmapatria, Freddy Arenas, que fue discutida y puesta en práctica junto a los diferentes miembros de la industria.

Fuente: Camara Venezolana de Farmacia - CAVEFAR

martes, 27 de agosto de 2013

Prorrogan de nuevo entrada en vigencia de guía de movilización de medicinas

En la Gaceta Oficial N 40.235, el Ministerio para la Alimentación publicó una resolución que extiende por 45 días más el plazo en el que las autoridades militares se deben abstener de exigir la guía de movilización de medicamentos para el transporte de los mismos por el territorio nacional.
Ese documento forma parte del Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM), y es obligatorio para que las empresas puedan movilizar sus productos. La exigencia del documento entró en vigencia en julio de 2012. No obstante, las autoridades han prorrogado en varias oportunidades el lapso para exigir dicha guía.
Fuente: El Universal

Regulación de precios de repuestos de vehículos será progresiva

A poco de una semana de haber sido sancionada la Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Automotores Terrestres, Nuevos y Usados Nacionales o Importados, sus redactores no temen una disminución de la oferta en el mercado.
El diputado Elio Serrano, quien estuvo al frente de la normativa, indicó en una entrevista al diario Panorama que desde hace dos años no hay vehículos en los concesionarios y a pesar de esa situación ninguno ha cerrado. “Creemos que con la ley, que indica que las ensambladoras deben publicar qué vehículos son otorgados mensualmente a los concesionarios, la gente sabrá qué cantidad está llegando”, dijo.
Pese a ello, la industria ha advertido que la ley “no incentiva para nada la producción de nuevos modelos, ni nuevas inversiones”.
Serrano detalló que el Ejecutivo tiene 180 días para regular los precios de los repuestos. En vista de que son muchos, estimó que se hará de forma progresiva. “No será fácil su regulación, primero serán los que tengan mayor demanda, como los cauchos, frenos, lubricantes, entre otros”, expresó.
El parlamentario hizo votos porque se genere este sistema que permita al Gobierno la revisión de las facturaciones, debido a las irregularidades en esta materia. Argumentó que en Venezuela hay vehículos que llegan a costar 100 mil dólares y en el mercado internacional no pasa de 40 mil dólares.
Recordó que los portales web de venta de carros no pueden publicar ofertas con precios superiores a los fijados por la ley, sino corren el riesgo de ser sancionados.

Fuente: El Universal

El Troudi: Solo el transporte de carga pesada pagará las tarifas de peaj

El ministro para el Transporte Terrestre, Haiman El Troudi, aclaró que únicamente el transporte de carga pesada será el que pagará las tarifas de las estaciones de peaje en las principales autopistas del país.
El ministro destacó que prevén mejorar las condiciones de infraestructura en los peajes para aplicar así mecanismos de control de peso, carga, altura de los camiones de carga y preservar las condiciones de las principales autopistas del país.
El Troudi adelantó que el Ministerio trabaja en un plan integral para el abordaje de los peajes, en el cual se considera la construcción de sanitarios y de zonas de atención a los usuarios, servicios de grúas y ambulancia, entre otros elementos.
“Es apenas un plan, una iniciativa que pretende mejorar las condiciones prexistentes en estos sistemas. Hacer uso y aprovechamiento óptimo de esos espacios, sobre todo para el control de peso y altura de los transportes de carga pesada”, insistió.
Por ejemplo, refirió el ministro, podrían ser instalados de forma permanente puntos de alcoholímetros y de supervisión para el respeto y aplicación de las normas de tránsito.

Fuente: Ministerio para el Transporte Terrestre

Designan a Miguel Tadeo Rodríguez como nuevo ministro del Ambiente

 El presidente, Nicolás Maduro, designó este lunes al ingeniero Miguel Tadeo Rodríguez como ministro para el Ambiente, informó la ministra para la Comunicación y la Información, Delcy Rodríguez, a través de su cuenta en Twitter @DrodriguezMinci.
Miguel Rodríguez fue viceministro de Conservación Ambiental en el año 2006 y profesor del Departamento de Ciencias Aplicadas y Humanísticas de la Escuela Básica de Ingeniería de la Universidad de Los Andes (ULA).
También, fue presidente de Pdvsa Gas Comunal, empresa adscrita a Petróleos de Venezuela.
La ministra también anunció las designaciones de Francisco Guerra, nuevo viceministro de Ordenación y Administración Ambiental; Jesús Castillo, viceministro de Conservación Ambiental, y Manuel Regino Deza Gavidia, Viceministro de Agua.

Fuente: AVN

Anuncian creación de Superintendencia para la Protección Social

El presidente Nicolás Maduro anunció hoy la creación de la Superintendencia Nacional para la Protección Social.
Maduro explicó que dicha instancia supervisará y coordinará programas sociales, así como misiones y grandes misiones. Durante su programa Diálogo Bolivariano, que realiza desde la parroquia 23 de Enero en Caracas, informó que el Ministerio de las Comunas pasará a ser un ente exclusivo dedicados a las comunas y los movimientos sociales del país.
Agregó que la comuna tiene que ser la nueva potencia económica en el país. “La comuna tiene que ser la nueva potencia económica abajo en la base del pueblo, potenciando la capacidad de trabajo solidario, la productividad, la cultura y el valor del trabajo, trabajo y más trabajo en función de la comunidad, de la sociedad”.

Fuente: AVN